palacio_justicia_cordobaEl Tribunal Superior de Justicia de Córdoba en acordada N° 1.008 resolvió que los agrimensores, por su función y en ejercicio de su profesión deben estar autorizados a consultar los archivos judiciales. En la Acordada se expresa en su renglón resolutivo:

SE RESUELVE:

                        ARTÍCULO 1. MODIFICAR el inc. b) del punto I. «Personas Autorizadas», correspondiente al artículo 2º del Acuerdo Reglamentario N° 974-Serie «A» de fecha 13/03/09, el que quedará redactados en los siguientes términos: «Artículo 2: … b) Los abogados, escribanos y agrimensores, cuando lo soliciten en razón del ejercicio de su profesión».

Para ver la Acordada completa haga click aquí: Acuerdo Reglamentario N° 1008