Según informó la Dirección General del Registro General de la Provincia, en función del contexto económico del país, resultó necesario implementar una adecuación de los montos de las Tasas Retributivas de Servicios que percibe esa repartición.
En respuesta a esta situación se verán modificadas las tasas retributivas previstas en ítems del Art 77, como lo describe la Resolución N° 241- Letra D, publicada el pasado viernes en el Boletín Oficial Electrónico de la Provincia (ver enlace más abajo).
Es importante aclarar que esta adecuación de los montos de las tasas retributivas está prevista en la Ley Impositiva Anual del año 2024, número 10.929. Este cuerpo legal establece en su artículo 116, que es facultad del Ministerio de Economía y Gestión Pública redefinir los valores, porcentajes o montos fijos que, en concepto de Tasas Retributivas de Servicios, se consignan en dicha Ley. Ello en función de los costos de prestación que periódicamente se determinen.
Por otro lado, la actualización que se define mantiene el valor de los servicios por debajo de aquellos similares correspondientes a otras jurisdicciones del país. Comprendemos así, que se trata de una adecuación necesaria, para mantener servicios eficientes y de calidad.
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