El Colegio de Agrimensores de la Provincia de Córdoba informa a sus matriculados que, a partir del dictado de la Ley Provincial N.º 11.059 y de sus normas reglamentarias, se ha producido una modificación relevante en relación con el organismo competente para la visación de planos que lindan con caminos públicos pertenecientes a la red secundaria y terciaria no pavimentados.

Hasta la entrada en vigencia de la normativa mencionada, la visación de este tipo de planos se realizaba ante la Dirección Provincial de Vialidad (DPV). Sin embargo, en el marco del nuevo esquema de competencias establecido por la ley, dicha atribución ha sido reasignada, pasando a ser ejercida por el Ministerio de Bioagroindustria de la Provincia de Córdoba.

En consecuencia, a partir de ahora, los planos que lindan con caminos públicos de la red secundaria y terciaria no pavimentados deberán ser presentados o remitidos directamente ante el Ministerio de Bioagroindustria, conforme a las competencias que le asigna la legislación vigente. La tramitación deberá ajustarse a los procedimientos, requisitos y modalidades que dicho Ministerio establezca oportunamente para este tipo de actuaciones.

Es importante destacar que esta modificación normativa no se limita únicamente a la visación de planos. La nueva distribución de competencias alcanza también a las solicitudes de Permisos a Terceros vinculadas a la ejecución de obras en la zona de caminos públicos correspondientes a la red secundaria y terciaria no pavimentados. En estos casos, dichas solicitudes deberán tramitarse en adelante ante el Ministerio de Bioagroindustria, de acuerdo con el régimen legal vigente y las disposiciones administrativas que se dicten a tal efecto.

Desde el Colegio consideramos fundamental que los profesionales matriculados tengan pleno conocimiento de estos cambios, ya que implican una adecuación en los circuitos administrativos habituales y en los organismos ante los cuales deben gestionarse determinados trámites vinculados al ejercicio profesional. La correcta identificación del organismo competente resulta clave para evitar demoras, rechazos o inconvenientes en la tramitación de planos y permisos.

Por tal motivo, se solicita a los matriculados tener especialmente en cuenta esta modificación al momento de planificar y presentar trabajos que involucren inmuebles linderos a caminos públicos de la red secundaria y terciaria no pavimentados, y mantenerse atentos a la información complementaria que pueda emitirse respecto de los procedimientos específicos a implementar por el Ministerio de Bioagroindustria.

El Colegio de Agrimensores de la Provincia de Córdoba continuará difundiendo toda novedad normativa o administrativa que resulte de interés para el ejercicio de la profesión, reafirmando su compromiso de acompañar a la matrícula en los cambios que impactan en la práctica diaria de la Agrimensura.